La Unidad de Información Financiera actualiza umbrales para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
La **Unidad de Información Financiera** ha introducido cambios significativos en los topes monetarios para transacciones en efectivo, registros automotrices, escrituras de bienes raíces y operaciones notariales. Estas modificaciones buscan fortalecer el sistema contra ilícitos financieros. 🚀
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📜 ¿Qué Impulsa esta Reforma? 📜
A través de la flamante **Resolución 78/2025**, la UIF ha dictaminado una serie de ajustes en la normativa vigente. El objetivo primordial es robustecer las barreras de contención frente al lavado de activos (LA), el financiamiento de actividades terroristas (FT) y la financiación para la proliferación de armas de destrucción masiva (FP). ¡Es un paso adelante para la seguridad financiera! 💪
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🎯 Novedades Clave de la Resolución 🎯
Esta disposición legal modifica varias resoluciones precedentes (como la 70/2011, 127/2012, 14/2023 y 242/2023) con miras a:
💸 **Elevar los montos límite** que disparan la obligación de reportar ciertas transacciones.
❌ **Suprimir la exigencia de avales contables** al trazar el perfil económico de los clientes.
🕵️♀️ **Intensificar la supervisión** sobre las operaciones en efectivo.
🌍 **Armonizar los procedimientos** con los lineamientos internacionales del GAFI y un enfoque basado en el riesgo.
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📈 ¡Nuevos Topes y Conceptos Esenciales! 📈
Entre las estipulaciones más relevantes, destacamos:
🏠 Transacciones Inmobiliarias 🏠
El umbral para la comunicación obligatoria en los registros de la propiedad se eleva de 200 a **750 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM)**. ¡Una suba considerable! ⬆️
🚗 Registros de Vehículos 🚗
El criterio para establecer el **perfil del cliente** se actualiza: ahora es imperativo cuando el volumen de operaciones anuales supere los **$115.000.000**.
¡Adiós a la certificación contable! Ahora basta con la **documentación que acredite el origen de los fondos**. 📄➡️✅
También se ajusta el límite para la **adquisición de vehículos de alto valor**, que se sitúa en **$50.000.000**.
🏦 Instituciones Financieras 🏦
El límite para notificar operaciones en efectivo se duplica, pasando de 20 a **40 SMVM**.
Se refuerzan las medidas de control sobre los depósitos en efectivo y las transacciones cambiarias. 💰🛡️
✍️ Notarios Públicos ✍️
En operaciones con bienes inmuebles que impliquen efectivo, el umbral de reporte se incrementa a **750 SMVM**.
La definición del perfil transaccional también se moderniza, eliminando la necesidad de presentar declaraciones juradas impositivas.
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🗓️ ¿Cuándo Entra en Vigor? 🗓️
Esta resolución entró en vigor el **6 de junio de 2025**, un día después de su publicación. Algunas redefiniciones de montos serán revisadas periódicamente en **enero de 2026**. ¡Presta atención a las fechas! ⏳
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🌐 Alineados con el Escenario Global 🌐
Estas adecuaciones están en sintonía con las recomendaciones del **GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional)**, reafirmando un modelo basado en el riesgo. Esto faculta a los Sujetos Obligados a flexibilizar sus protocolos de acuerdo con su nivel de exposición al LA/FT/FP. ¡Argentina avanza en estándares internacionales! 🇦🇷✨
Publicado el 6 de junio de 2025
Categorías: Procedimiento Fiscal
Tags: lavado de activos, uif,
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