ARCA actualiza las escalas y el mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales para 2024

18 de Febrero del 2025

ARCA actualiza las escalas y el mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales para 2024
Actualización del Impuesto sobre los Bienes Personales 2024

Actualización de las escalas y mínimos del Impuesto sobre los Bienes Personales 2024

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha dado a conocer los valores actualizados de las escalas y del mínimo exento que deberán considerarse para calcular el Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2024. Dichos valores aplicarán para la liquidación cuyo vencimiento está programado para junio de 2025.

Ajustes anuales y normativa vigente

Según la normativa establecida en la legislación vigente, específicamente en el artículo incorporado tras el artículo 24 de la ley del gravamen, las escalas y los mínimos exentos se ajustarán cada año con base en la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) Nivel General, proporcionado por el Instituto de Estadística y Censos. Para este cálculo, se toma como referencia el índice de octubre del año anterior.

Exenciones y umbrales 2023

De acuerdo con la Ley 27.743, para el período fiscal 2023, no estarán sujetos al impuesto aquellos bienes cuyo valor total determinado conforme a la normativa sea igual o inferior a $100.000.000. En el caso de inmuebles destinados a vivienda única del contribuyente o del causante en sucesiones indivisas, estarán exentos si su valor es igual o inferior a $350.000.000.

Escalas y alícuotas para 2024

Para el ejercicio fiscal 2024, los nuevos montos establecidos son los siguientes:

  • Mínimo No Imponible: $292.994.964,89
  • Mínimo Casa Habitación: $1.025.482.377,13

En caso de superar el mínimo no imponible, se aplicarán las siguientes alícuotas:

Valor Total del Patrimonio Pago Fijo ($) Alícuota (%) Sobre el excedente de ($)
Hasta $40.107.213,86 0,50%
$40.107.213,86 - $86.898.963,43 $200.536,07 0,75% $40.107.213,86
$86.898.963,43 - $240.643.283,28 $551.474,19 1,00% $86.898.963,43
Más de $240.643.283,28 $2.088.917,39 1,25% $240.643.283,28

Beneficio para contribuyentes cumplidores

Aquellos que cumplan con sus obligaciones fiscales y accedan a la reducción de alícuota tributarán según la siguiente escala:

Valor Total del Patrimonio Pago Fijo ($) Alícuota (%) Sobre el excedente de ($)
Hasta $40.107.213,86 0,00%
$40.107.213,86 - $86.898.963,43 $0,00 0,25% $40.107.213,86
$86.898.963,43 - $240.643.283,28 $116.979,37 0,50% $86.898.963,43
Más de $240.643.283,28 $885.700,97 0,75% $240.643.283,28

¿Quiénes están alcanzados por el impuesto?

  • Personas humanas residentes en el país y sucesiones indivisas con bienes tanto en el país como en el extranjero.
  • Personas humanas residentes en el exterior y sucesiones indivisas por bienes localizados en Argentina.

Obligación de presentar declaración jurada

Los contribuyentes deben presentar declaración jurada si:

  • Están inscriptos en el impuesto, aunque no tengan base imponible.
  • Superan el mínimo no imponible.
  • En el caso de residentes en el exterior, si el impuesto determinado supera los $250.

Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP)

Los adheridos al REIBP tributarán con estas alícuotas:

  • Por bienes en su patrimonio al 31 de diciembre de 2023 (excepto activos regularizados): 0,45%.
  • Por bienes regularizados bajo la Ley 27.743: 0,50%.

Categorías: Impuestos

Tags: Bienes Personales, tablas, 2024

Deja tu comentario

Su direccion de correo electrónico no será publicada, los campos obligatorios estan marcados.

Legislación para contadores

Seguinos en redes: